- ¿Porque un inmueble tiene deuda si no he sacado contrato?
Según el Reglamento para la Prestación y Cobro de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de la CAASD, la solicitud de servicio de agua potable la hará el propietario del inmueble, su representante autorizado o el usuario que lo habita; la solicitud deberá ser acompañada del documento de propiedad o de la certificación de representación del propietario.
En caso que se identifique un inmueble con servicio cuyo dueño no haya formalizado el contrato, la CAASD emitirá una factura mensual por los servicios prestados. La factura se emitirá a nombre de la persona física o jurídica que ocupe el inmueble.
Es obligación de cada ciudadano cliente solicitar la formalización del contrato de servicio de agua potable y/o alcantarillado sanitario a través de cualquiera de las agencias comerciales, sin embargo, si nuestro personal de la Dirección Comercial realiza una visita de índole catastral y detecta que un inmueble no está registrado en el Sistema Comercial, la CAASD procederá con su incorporación.
Esto implica que le será enviada una factura mensualmente y el no pago de la misma genera la deuda.
- ¿Por qué tengo que pagar el agua de pozo, si no fue construido por la CAASD?
Según la normativa del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en virtud de la Ley 64-00, establece que: “Todas las aguas del país, sin excepción alguna, son propiedad del Estado y su dominio es inalienable, imprescriptible e inembargable. No existe la propiedad privada de las aguas ni derechos adquiridos sobre ellas”.
El cobro de las aguas subterráneas, según lo dispone el Ministerio de Medio Ambiente, estará a cargo de la CAASD, en su área de jurisdicción, hasta tanto se realice un inventario de todos los pozos a nivel nacional y se establezca un acuerdo de cooperación entre el Ministerio de Medio Ambiente y las Empresas del Sector Agua Potable y Saneamiento del País.
Un pozo forma parte del patrimonio común de la Nación, por lo que no existe la propiedad privada de las aguas ni derechos previamente adquiridos sobre ellas.
Artículo 4.1 del Reglamento de la CAASD. “Tanto la Incorporación a las redes del acueducto y/o alcantarillado sanitario, así como la explotación de las aguas subterráneas, mediante pozos propios, el cliente está obligado al cumplimiento de las condiciones establecidas en este reglamento, así como al pago de las tarifas correspondientes”.
- ¿Por qué varía el monto facturado en un usuario fijo?
El monto fijo facturado a un usuario fijo, sólo puede variar por la actualización catastral del inmueble que implica cambio de uso o cambio de clase de dicho inmueble y, como resultado de este cambio, también variará su cupo básico mensual y su factura fija. Otras variaciones en la factura se deben a la incorporación de otros cargos a la facturación del mes tales como: mora, corte, reconexión, cuota de convenio, etc.}
- ¿Qué método usa la CAASD para asignar la tarifa?
La CAASD transforma el agua cruda en agua potable, mediante un proceso que implica su captación, conducción y potabilización. El producto final es el metro cúbico de agua potable, cuyo costo por unidad es de RD$40.00 pesos, pero que se comercializa, dependiendo de su uso, a sólo RD$6.00 pesos; lo que significa que es un servicio altamente subsidiado por el Estado Dominicano.
En la actualidad el metro cúbico básico para usuarios residenciales, comerciales, oficiales y especiales es de RD$6.00 pesos, y el metro cúbico básico industrial, a RD$7.00 y RD$10.00 pesos, dependiendo si el agua es utilizada como materia prima.
La estructura tarifaria de la CAASD está fundamentada en el CUPO BÁSICO: que es la cantidad de metros cúbicos asignados a un inmueble determinado, tomando en cuenta el uso y la actividad por cada unidad servida. Existen dotaciones de consumos asignadas, según la siguiente clasificación y la misma fueron elaboradas por la CAASD:
- Usuarios residenciales: esta asignación se establece con base en la condición socio económico del usuario y las condiciones del servicio. La definición de la condición socio económico del usuario se realiza por predio, prima la condición económica, combinándose con las condiciones del servicio ofrecido en dicho predio.
- Usuarios comerciales: para la dotación asignada a los usuarios comerciales se utiliza una tabla que contiene las dotaciones asignadas por cada tipo de uso, con su respectiva actividad, la cual fue elaborada por la CAASD. Estas dotaciones dependen de algunos parámetros, que son los que determinan la cantidad de consumo de cada inmueble comercial
- Usuarios Industriales: para las dotaciones asignadas a los usuarios industriales depende de la naturaleza de la industria y sus procesos de producción, para lo cual se designa un personal calificado que evalúa las características predominantes de cada empresa en particular.
- Usuarios Oficiales: para usuarios oficiales se utiliza la tabla que contiene las dotaciones asignadas por cada tipo de uso, elaborada por la CAASD.
- Predios en Construcción: para estos se designa un cupo que varía dependiendo de la naturaleza de la construcción:
- Proyecto Residencial, el cupo asignado corresponde al 50% del valor que le correspondería como una vivienda multiplicado por el número de unidades, hasta que termine el proceso de construcción; ya terminado pagara su cupo normal. Se denota como.
- En construcciones comerciales, el cupo se asigna en función de los metros cuadrados de construcción, hasta que termine el proceso de construcción; ya terminado el cupo asignado será en función de la actividad a que se dedique. Se denota como.
- Usuario Mixto: es aquel que tiene un uso residencial y comercial en el mismo predio y se abastecen de la misma acometida. A estos usuarios se les asignan dos tarifas: la que corresponde de residencial de acuerdo a la recalificación social y la que corresponde al comercial de acuerdo a la actividad.
- ¿Cuáles son las alternativas de pago que ofrece la CAASD para poner al día la cuenta?
Puede optar por 2 modalidades de pago según su condición socio económica, tales como:
- Acuerdos de Pagos.
- Saldo total de deuda con descuento en mora
- ¿Cuándo un usuario sale a corte?
Según la normativa de la CAASD, los clientes que no paguen las facturas por concepto de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario, a los treinta (30) días de haberse emitido la factura, o aquellos clientes que hayan formalizado un acuerdo o convenio de pago e incurran en mora en el pago de una cuota vencida, podrán ser objeto de la suspensión del servicio de agua.
Para evitar la suspensión, el pago de su factura debe realizarse antes de vencer los 30 días posterior a su emisión.
De la misma manera, la CAASD podrá suspender el servicio cuando el cliente establezca o permita establecer derivaciones en su instalación para suministro de agua a uno o más predios diferentes a los asignados en su contrato de servicio; cuando se detecte un fraude (By-pass), violación al medidor y/o acometida clandestina, aún esté al día en el pago. En cuyos casos además de suspensión se genera la aplicación de los cargos o penalidades que corresponda en cada caso, según el Reglamento para la Prestación y Cobro del Servicio vigente.
También, la CAASD podrá suspender la acometida de agua cuando el usuario goce del servicio de agua sin el contrato de servicio correspondiente.
Igualmente, cuando la instalación interna de un inmueble esté defectuosa, no reúna las condiciones de seguridad para evitar el peligro de contaminación del agua por conexiones cruzadas o tenga conectados aparatos que puedan producir alteraciones del agua distribuida.
- ¿Cuál es el tiempo de reconexión?
La CAASD reinstalará el servicio dentro de los dos días hábiles siguientes al pago de lo adeudado o de la corrección de la anomalía que ocasionó la suspensión, salvo causa de fuerza mayor o cualquier contingencia debidamente justificada.
- ¿Cómo puedo solicitar mi factura por mail?
Su factura puede ser solicitada en cualquier agencia comercial que corresponda a la ubicación de su inmueble dentro del Distrito Nacional y la Provincia Santo Domingo (zona noroeste/suroeste o norte/este) solo debe decir su código de sistema y dirección electrónica. También puede solicitar el servicio llamando a nuestras líneas telefónica 809- 616-1021 para la zona noroeste/suroeste o al 809-598-1722 para la zona norte/este. Y si solo quiere conocer su balance puede consultarlo accediendo a la página http://caasd.gob.do y Selecciona en la pantalla del menú el ítem pago en línea, selecciona la zona donde está ubicado el inmueble e ingresa a la plataforma.
- ¿Cuáles pasos debo dar para que mi factura me llegue con crédito fiscal?
Puede solicitar que la factura con comprobante o crédito fiscal de forma presencial o llamando 809- 616-1021 para la zona noroeste/suroeste o al 809-598-1722 para la zona norte/este. En ambos casos debe suministrar el RNC o cédula los cuales deben estar previamente registrados en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), nombre, teléfono y especificar tipo de comprobante fiscal requerido.
- ¿Cómo puedo saber si un inmueble tiene deuda de servicio de agua?
Consultando vía teléfono 809- 616-1021 para la zona noroeste/suroeste o al 809-598-1722 para la zona norte/este., o dirigirse a una de nuestras agencias comerciales. deberá informar el código de sistema de su factura. Si lo desconoce deberá suministrar la dirección del inmueble que desea consultar.
- ¿Cómo puedo pagar mi factura por internet?
Entra a http://caasd.gob.do y Selecciona en la pantalla del menú el ítem pago en línea, selecciona la zona donde está ubicado el inmueble e ingresa a la plataforma.
Si estas registrado solo coloca tu usuario y clave. Si no estás registrado, realiza el registro siguiendo los pasos que se indica en la plataforma.